Desde septiembre del 2020, la Corporación Participación Ciudadana monitorea el cumplimiento del artículo 219 del Código de la Democracia referente a la correcta promoción de autoridades públicas.
Este artículo en su cuarto inciso “prohíbe a los servidores, servidoras, organismos o instituciones públicas, la utilización de los recursos y bienes públicos para promocionar sus nombres o sus organizaciones políticas en las instituciones, obras o proyectos a su cargo”.
De la observación realizada por PC, se encontró vallas publicitarias con infracciones en nueve provincias: Azuay, Chimborazo, Guayas, Manabí, Morona Santiago, Napo, Pichincha, Sucumbíos y Zamora.
Las vallas pertenecen a autoridades con diferentes cargos públicos y en su mayoría los letreros promocionan sus obras, pero también se localizaron carteles dentro de instituciones públicas relacionadas con la gestión de dichas autoridades.
PC recuerda que la prohibición no rige únicamente para épocas electorales o cuando el funcionario es candidato, sino a lo largo del año y que las autoridades e instituciones no deben promocionar sus obras a título personal.


x 30 años, llevan utilizando los bienes públicos y personal..
para sus intereses personales y del partido político que pertenecen… todos los saben las lista 6.
violan y han violando la Constitución y el codigo de la democracia.. quien los multa’ a ellos o cual es la sancion, la sanción, debe ser destitucion.. para el servidor público..